Los Niños
y su
Derecho a la Educación.
Según esta
nueva legislación el conjunto de derechos humanos de
los niños deben ser considerados aún
cuando otras leyes fijan pautas para el
ejercicio de la patria potestad, función que sintetiza derechos y obligaciones
de los progenitores para con los hijos.
De lo anterior se desprende que el DERECHO A LA EDUCACIÓN debe
ser considerado como el derecho
humano fundamental, diríamos
indispensable para el ejercicio del resto de los derechos, dado que promueve la libertad y la
autodeterminación de las personas. A partir del acceso a la educación el niño
tiene posibilidad de tomar conocimiento de todos los derechos legislados tanto en su condición de menor como de ser
humano.
La educación
favorece el desarrollo de la personalidad, las aptitudes y las capacidades
físicas y mentales hasta el máximo de
las posibilidades habilitando a las personas tanto para el desempeño en la
sociedad como en el campo laboral. Por medio de ella se inculca el respeto por
los derechos humanos y las libertades individuales, el respeto
a los padres, la identidad, la propia cultura y las ajenas. La
educación prepara para una vida
responsable en sociedad con espíritu de comprensión, paz, tolerancia, igualdad
y amistad entre todos los pueblos. La
educación es un instrumento poderoso que permite a los niños y adultos que se
encuentran social y económicamente marginados salir de la pobreza por su propio
esfuerzo y participar plena y democráticamente en la vida de la comunidad.
Dada la magnitud que este derecho
representa en la vida de las personas, no es casual que existan diferentes
documentos tanto a nivel nacional como internacional que protegen, legislan y
garantizan el cumplimiento de este derecho fundamental así como docentes que promuevan desde la propia práctica la Educación Inclusiva.
Hablar de inclusión en la escuela
significa acoger la diversidad en todas sus formas sin exclusión alguna,
sacando el máximo provecho de esta condición.
La inclusión comienza aceptando las diferencias, celebrando la
diversidad y promoviendo el trato equitativo de cada alumno.
Amén los documentos legales que protegen el derecho a la
educación y ciertas políticas estatales
que garanticen la igualdad de
oportunidades, es sin duda el docente
desde su rol cotidiano quien promulga y garantiza el cumplimiento del
Derecho Universal a la Educación. Puesto
que desde su quehacer toma contacto con las realidades del alumno, su familia y
su comunidad. La educación siempre debe ser un espacio de escucha, con
capacidad de brindar asesoramiento y consejos ante cualquier necesidad básica
insatisfecha o frente a la vulnerabilidad de los derechos del niño, su familia
y la comunidad. La función del docente no es la de reemplazar funciones que
corresponden a otras instituciones, sino complementarlas y continuarlas
interrelacionadamente.
Maestra de Sección Titular. Escuela 1
D.E: 7 J.I.N “A”